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17.06.2011       457
El Registro Nacional Fitosanitario es obligatorio
Para producir plantas de citrus, y que luego sean comercializadas, los viveristas deben estar inscriptos en el Renfo (Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal).

"Dicho registro está dirigido a viveristas, productores, importadores, exportadores y comercializadores, que forman parte de una cadena de producción viverista y que beneficia directamente las inspecciones y controles realizados por el Senasa para verificar la sanidad y calidad del material propagado", comentó el director regional del Senasa NOA Sur, Carlos Grignola.

La inscripción es obligatoria, gratuita y debe ser renovada todos los años. Esta registración le permite al operador, que disponga de guías de sanidad para el traslado de plantas y sus partes, como un medio para demostrar el origen de las plantas y la trazabilidad.

El Renfo permite reducir el riesgo de proliferación y dispersión de plagas y enfermedades garantizando la confiabilidad, ya que la sanidad de los productos se encuentra avalada por este documento sanitario. La solicitud de inscripción/reinscripción en el Renfo tiene por objeto identificar las unidades productivas u operativas, como asi también el espacio físico donde se realicen tareas de multiplicación, propagación, predios proveedores de materiales de propagación, unidades de venta, concentración y aquellos lugares donde se entreguen plantas.

El técnico responsable de la sanidad en un establecimiento viverista importantes funciones: a) Planificar y coordinar la correcta aplicación de una tecnología del cultivo que asegure la adecuación del vivero a las normas legales vigentes; b) Cumplir con el plan y cronograma de tratamientos fitosanitarios; c) Controlar la aplicación de los tratamientos del suelo y/o medio de cultivo y de los tratamientos fitosanitarios; d) Controlar la sanidad de plantas o lotes madres a propagar y/o multiplicar; e) Controlar los diversos registros y manuales de procedimiento; f) Garantizar la trazabilidad sanitaria de las plantas y/o sus partes o lotes de plantas y/o sus partes.

Fuente: La Gaceta Rural



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