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16.03.2009       503
Beneficios para jubilados y productores alcanzados por normativas de emergencia
Desde este lunes los contribuyentes se podrán adherir a un nuevo plan de regularización impositiva

A partir de este lunes y hasta el 30 de junio, los contribuyentes entrerrianos se pueden adherir a un nuevo régimen especial de regularización tributaria. El beneficio alcanza a todos los tributos de la DGR vencidos antes del 31 de diciembre de 2008. Quien opte por este régimen tendrá importantes reducciones en materia de intereses, de acuerdo a los plazos que elija para saldar sus compromisos. Las posibilidades van desde el pago de contado hasta un plan de 60 cuotas. También se beneficia a los productores que se encuentran comprendidos o alcanzados por las normativas de emergencias nacionales y provinciales. En tanto, se contemplará especialmente la situación de los jubilados.
Este régimen apunta a regularizar la situación de los contribuyentes, en el contexto que se atraviesa, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Abarca a todos los tributos de la DGR (ingresos brutos, inmobiliario, automotor, sellos, etc.) y alcanza a  todas las obligaciones que están devengadas al 31 de diciembre de 2008, acotando que esta característica lo diferencia del régimen instaurado a nivel nacional que contempla las obligaciones hasta  el 31 de diciembre de 2007.

La DGR determinó a través de la resolución 46 todos los aspectos complementarios y reglamentarios del régimen, cuyo contenido estará a disposición del público en la página web del Ministerio de Economía (www.entrerios.gov.ar/minecon).

Quien opte por este régimen tendrá importantes reducciones en materia de intereses, de acuerdo a los plazos que elija. Dijo que el régimen permite realizar presentaciones con plazos de hasta 60 meses, pudiendo de esta manera regularizar las obligaciones pendientes en 60 cuotas.

Variantes

Si se opta por abonar de contado, en tres pagos y hasta en 24 cuotas, se tendrá una primera reducción en los intereses del 60 por ciento. Mientras si se elige un plan de 36 cuotas en adelante y hasta las 60 cuotas, la reducción será del 50 por ciento.

Además, si el contribuyente hace la opción de hasta 24 cuotas y se adhiere antes o hasta el 30 de abril, tendrá un segundo beneficio adicional consistente en una reducción de los intereses de un 35, un 25, un 15 o un 5 por ciento, según  lo haga al contado y hasta tres cuotas, hasta 6, hasta 12 o hasta 24 cuotas, respectivamente.

En cuanto a los intereses de financiación, de acuerdo al plan que se elija, el ministro informó que entre tres y seis cuotas es de 0,5 por ciento de interés mensual, en 12 pagos del 0,75, y en 24 y más cuotas el interés de financiación es del 1 por ciento.

Las multas se condonan totalmente, siempre y cuando se cumplimenten todas las obligaciones que las determinaron.

Beneficio a productores

También se beneficia a los productores que se encuentran comprendidos o alcanzados por las normativas de emergencias nacionales y provinciales, y que les permitió diferir el pago de los impuestos hasta el mes de junio.

En este caso, los involucrados pueden hacer la presentación con los mismos beneficios previstos en el decreto, pero con un período de gracia en el comienzo de sus obligaciones que regirá al mes siguiente de que se termine la emergencia. Los contribuyentes deberán igualmente hacer sus presentaciones en los términos establecidos en la moratoria.

Cuotas mínimas

También se ha contemplado una cuota mínima para los diferentes planes, que es de 50 pesos, y una situación especial para el caso de jubilados con una cuota mínima de 25 pesos para quienes se adhieran al régimen.

Fuente: Dirección General de Información Pública del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos

 



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